Suspendieron 4.329 pensiones por invalidez: plazos y pasos para recuperar el cobro

La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto el pago de 4.329 pensiones por invalidez laboral cuyos titulares no acreditaron los requisitos médicos exigidos. Quienes fueron suspendidos tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar su respaldo médico en un plazo de 30 días hábiles. El trámite puede realizarse en oficinas de ANSES, en sedes de la Secretaría Nacional de Discapacidad o de forma digital.
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La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral. La medida alcanza a personas que, según el organismo, no entregaron la documentación necesaria para acreditar la continuidad de su situación de discapacidad.

Para mantener o recuperar el beneficio, el requisito central es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar.

Los titulares afectados tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Si no lo hacen dentro de ese plazo, la prestación no podrá ser rehabilitada.

En simultáneo, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral. Para ese trámite, el plazo es de 30 días hábiles.

La documentación puede entregarse por cuatro vías: en oficinas de atención de ANSES; en dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad; a través del formulario de consultas del Ministerio de Salud en argentina.gob.ar; o por la plataforma Trámites a Distancia (TAD), usando el trámite "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez".

Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago.

La medida se publica mediante la Resolución 3702/2026, que dejó sin efecto una normativa anterior que había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial. La Cámara Federal de Tucumán revocó en febrero de 2026 esa sentencia de primera instancia, lo que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa.

Para quienes dependen de esta prestación como parte de sus ingresos mensuales, el plazo empieza a correr desde la notificación individual. Conocer los canales disponibles y reunir el certificado médico a tiempo es el paso clave para evitar perder el cobro de manera definitiva.

¿Recibiste la notificación de suspensión o la intimación para ampliar documentación? Contanos tu experiencia en los comentarios.

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